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  • Foto del escritor: Apapacho Nicte
    Apapacho Nicte
  • 4 ene
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El lunes 02 de diciembre de 2024, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de protección y cuidado animal.


Entre otras modificaciones, se incorporó al artículo 4 Constitucional, el texto siguiente:


"Queda prohibido el maltrato a los animales. El Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales, en los términos que señalen las leyes respectivas."


El texto antes referido, además de establecer la prohibición al maltrato, establece la garantía para la protección, el trato adecuado (digno), la conservación y el cuidado de los animales.


además de lo anterior, el artículo Segundo Transitorio establece un plazo de 180 días naturales para que el Congreso de la Unión cuenta con un plazo de ciento ochenta días naturales, para expedir la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales.


Dicha ley debe considerar la naturaleza, características y vínculos de los animales con las personas, la prohibición del maltrato en la crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano y en la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro.

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